Los derechos de las audiencias y la perspectiva de género

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No. 153 / enero-junio 2024 / ensayo
colaboración invitada

Edith Molina Carmona

BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA


Es bien conocido que dentro de los medios de comunicación existen desigualdades y discriminaciones de género. En la era de la información y los medios de comunicación, la intersección entre la perspectiva de género y las desigualdades frente a los derechos de las audiencias son de suma relevancia para diseñar políticas y regulaciones que protejan a las audiencias y sus derechos bajo un enfoque de transformación social, y no exclusivamente en la función de los medios de comunicación para y con la sociedad. Este trabajo presenta un acercamiento a cómo pensar la inclusión de la perspectiva de género en los derechos de las audiencias con miras hacia el cambio social.

Cuatro aspectos de género y derechos de audiencias

Si bien es difícil encontrar, en una sola definición, qué son los derechos de las audiencias, es pertinente considerar que independientemente de las múltiples versiones que existen, éstos se centran en garantizar que los consumidores y las consumidoras de medios de comunicación tengan acceso a información veraz, diversa y equitativa. Por otra parte, desde la perspectiva de género se ha indagado que las mujeres a menudo enfrentan barreras tanto para acceder a los medios de comunicación, y sobre todo a que no sean representadas de manera justa en los contenidos mediáticos; de ahí que los derechos de las audiencias sean constantemente invisibilizados o negados como parte de las buenas prácticas en los medios de comunicación.

Por lo anterior, es necesario reconocer que, si bien ya se tiene tiempo hablando de la perspectiva de género en los medios de comunicación, es imperante poner en escena que las desigualdades de género permanecen y no son ajenas al mundo mediático. También, que las políticas públicas y los marcos normativos sobre y de los medios de comunicación, deben considerar las voces, experiencias y derechos de las audiencias femeninas para que se garantice su participación y una representación justa en sus contenidos.

Esta reflexión hace un acercamiento a cuatro aspectos que considero relevantes a considerar cuando se trata de la relación entre los derechos de las audiencias y la perspectiva de género son los siguientes: el acceso y participación que pueden tener las mujeres en los medios de comunicación; la representación equitativa de género en los medios; los contenidos sensibles a cuestiones relacionadas con el género; y la defensa de los derechos de las audiencias mediante la figura de los “defensores con perspectiva de género”.

Acceso y participación de las mujeres en los medios de comunicación

Desde su surgimiento, los medios de comunicación han sido concebidos como espacios posibilitadores de construcción de la opinión pública, de difusión de la cultura, con grandes potenciales educativos y, principalmente como zonas de entretenimiento para sus diversas audiencias. Al mismo tiempo, se ha documentado que dentro de estas funciones las mujeres han enfrentado múltiples barreras de desigualdad; entre ellas, las mínimas posibilidades de estar presentes como productoras, creadoras y responsables de contenidos, por mencionar algunas.

En México se ha documentado que existe una falta de perspectiva de género en los medios de comunicación, lo que repercute en la forma en que la mujer es percibida socialmente. Según el Proyecto Global de Monitoreo de Medios (GMMP), las mujeres están presentes en 32 de cada 100 noticias, y sólo 19% de las expertas citadas son mujeres. Además, los medios de comunicación siguen usando estereotipos que cosifican o infantilizan a las mujeres, especialmente en televisión (GMMP, 2021). Un estudio elaborado en 2017 por sembramedia.org señala que en México sólo 9% de los medios digitales independientes tiene equipos directivos exclusivamente de mujeres y sólo 6% da un espacio a una mujer en la directiva; el resto son hombres (La Lista, 2021).

La presencia femenina en los medios ha conllevado a algunos esfuerzos que las mismas periodistas o comunicadoras han impulsado para solventar la necesidad de tener perspectiva de género dentro de los medios de comunicación. Entre ellas la creación de redes y asociaciones de mujeres periodistas y comunicadoras que buscan transformar la perspectiva de género en su quehacer diario y en los contenidos de los medios de comunicación. Se pueden mencionar a la Asociación Mexicana de Periodistas y Escritoras (AMPEP), Comunicación e Información de la Mujer (CIMAC), Periodistas de a Pie, la Red Internacional de Periodistas con Visión de Género (RIPVG), entre otras.

Además de estas agrupaciones, se encuentran aquellas redes de mujeres que trabajan en medios de comunicación en los diversos estados de la República Mexicana y que se convierten en los espacios para trabajar e impulsar la perspectiva de género. Regularmente, su propósito es generar espacios no sólo para compartir experiencias profesionales y personales, sino también para brindar apoyo mutuo ante las situaciones adversas que enfrentan en su quehacer cotidiano, así como para promover una comunicación con perspectiva de género, derechos humanos y enfoques interculturales, interseccionales y regionales, para visibilizar y denunciar las violencias que sufren las mujeres en los medios y en la sociedad. Y claro, no olvidar todas aquellas asociaciones internacionales ocupadas en dar esta perspectiva dentro de las fuertes estructuras mediáticas consolidadas.

Lo anterior significa que la preocupación por atender y reforzar los derechos de las audiencias no se puede desligar del quehacer profesional de quienes ejercen su labor en los medios de comunicación.

La representación equitativa de género en los medios

Partiendo del hecho de que la representación de género en los medios influye en la percepción pública, la cultura, la educación, así como en la construcción de identidades y, además, de que en la actualidad existe el uso de lenguaje estereotipado y prejuicios en los que se discrimina a las mujeres, es fundamental trabajar en regulaciones que fomentan la representación equitativa de mujeres y hombres en contenidos mediáticos.

Pensar en los beneficios que puede tener la representación equitativa de género en los medios de comunicación para los derechos de las audiencias es hablar de los siguientes aspectos:

a) Audiencias comprensivas y practicantes de una cultura inclusiva y respetuosa. Esto implica que, al ofrecer una representación justa y equitativa de los diferentes grupos de la sociedad en los contenidos mediáticos, las audiencias tendrán acceso a la promoción de la igualdad y la diversidad social que redundará en evitar la exclusión y la discriminación (Historioteca, s.f.).

b) Audiencias desmontadas de estereotipos y prejuicios. Las audiencias podrán comprender y desaprender estereotipos e, incluso, erradicar prácticas discriminatorias no sólo contra las mujeres, sino de grupos originarios, de personas con algún tipo de discapacidad o creencias cultural e históricamente estereotipadas.

c) Audiencias con impactos positivos en su autoimagen y bienestar. Se relaciona con el hecho de ir construyendo identidades sociales y representaciones positivas y diversas que pueden empoderar a las audiencias y mejorar su calidad de vida tanto a nivel personal como social.

d) Audiencias ejerciendo su derecho a la información y su pluralidad. En el marco de la democratización de los medios que garanticen el acceso a información veraz, diversa y plural, esto implica que estarían ejerciendo y practicando su derecho a contenidos que reflejen la diversidad de voces y perspectivas. Por ejemplo, la representación positiva y respetuosa de grupos marginados, como las personas LGBTQ+ y las mujeres pertenecientes a comunidades indígenas.

e) Audiencias partícipes y promotoras del debate público en razón de género. Significa que los grupos originalmente marginados pueden ir construyendo y conformando un audiencia crítica y participativa que fomente contenidos diversos y críticos que desestructuren las miradas que las invisibilizan.

Es posible seguir enumerando múltiples beneficios para las audiencias si los contenidos mediáticos retoman la perspectiva de género no únicamente porque se daría el reconocimiento a la diversidad de voces, saberes y estilos de vida que existen en la sociedad. También, porque se estarían respetando los derechos de las personas y su dignidad, resultado de las desigualdades estructurales que han afectado a la sociedad a través de su historia y desarrollo social, político, económico, cultural.

Contenidos sensibles a cuestiones relacionadas con el género

Los medios de comunicación tradicionales y las redes sociodigitales son espacios que continuamente perpetúan los estereotipos y la violencia de género. Desde el marco de los derechos de las audiencias, debe instarse a la creación y transmisión de contenidos que respeten la diversidad y promuevan la igualdad.

El informe “Desenfocadas. Cómo opinar e informar mejor sobre violencia de género” arrojó que la violencia de género está expuesta dos veces más en medios de comunicación que en redes sociales digitales. Además, 20% del contenido recurre a falacias que justifican las agresiones; por ejemplo, problemas de adicciones o, incluso, provocación por parte de la víctima (Luna, 2024).

Estudios realizados por la UNESCO (2019), Reuters Institute (2020) y Santoniccolo, et.al. (2023) explican el comportamiento de las audiencias en relación con las noticias y el género, o las prácticas relacionadas con la igualdad de género en los medios, así como la relación entre representaciones mediáticas y estereotipos de género, objetificación y sexualización. Estos análisis concuerdan en la necesidad de adaptar coberturas mediáticas para satisfacer las preferencias de género. También, que las representaciones y los estereotipos son acciones comunes con efectos negativos en la salud física y mental de las audiencias; de igual forma que es necesario atender aspectos problemáticos de la producción mediática y, sobre todo, que existen áreas de mejora para las buenas prácticas en la promoción de la equidad de género en los medios.

En este marco del derecho de las audiencias con perspectiva de género una buena práctica equivale a evitar los sesgos de género entendidos como “las actitudes preconcebidas, creencias y estereotipos que existen en la sociedad basados en el género de una persona, y que pueden influir en la forma en que se la trata y evalúa” (García Mingrone, 2023: párr. 3). El derecho de las audiencias con este enfoque implicaría:

a) No recibir —o recibir de manera informada— la perpetuación de roles y estereotipos de género con sesgos como los asociados a la apariencia, a la maternidad o paternidad, a la atribución de éxito o fracaso, al rendimiento o capacidad, entre otros.

b) Anular la invisibilidad o subrepresentación de voces, experiencias o logros de minorías étnicas que afecten la autoimagen y la percepción pública.

c) Evitar los sesgos de relevancia o importancia de “temas de interés público” relegando las historias y capacidades de mujeres en segundo plano como el deporte, la discapacidad o la salud femenina.

d) Anular el sensacionalismo y la victimización secundaria o revictimización en el tratamiento de contenidos en los que se aborden temas, por ejemplo, de violencia de género en sus diversas modalidades.

e) Anular la estigmatización de los colectivos de diversidad sexual e identidad de género en los contenidos.

f) Recibir coberturas mediáticas en situaciones de crisis o emergencias sin cosificación y discriminación.

Los derechos de las audiencias en cuanto a contenidos sensibles son una forma más de enfrentar la inequidad en la perspectiva de género de los contenidos que se difunden a través de canales de radio, televisión, periódicos o medios digitales. Sin los sesgos se puede pensar en medios más equitativos que permitan empoderar a las audiencias femeninas al respetar y no vulnerar las identidades, al fomentar entornos inclusivos, respetuosos o, incluso, como agentes de cambio al ser creadores de framings o encuadres mediáticos con perspectiva de género.

Defensores con perspectiva de género

Aunque al momento aún no termina de consolidarse el papel de los y las defensoras de las audiencias, y menos aún, el concepto de audiencias femeninas (podría pensarse en consumidoras desde la perspectiva de la mercadotecnia, aunque no es lo que se plantea en este trabajo), es conveniente remarcar que, en la actualidad, es inevitable considerar la perspectiva de género cuando se trata de los derechos de las audiencias.

Los defensores de las audiencias con perspectiva de género tendrían que, además de ser mediadores entre las audiencias y los medios, colocar en la agenda aspectos como los siguientes.

A) Colaborar con los medios para desarrollar contenidos que realicen las siguientes funciones:

1. Promover modelos de masculinidades no violentas y relaciones igualitarias.

2. Producir y difundir contenidos que reflejen la diversidad de experiencias y voces de las mujeres.

3. Alertar y educar sobre factores de riesgo e instancias de protección dirigidas a niñas, adolescentes, jóvenes y mujeres en zonas con altos índices de trata.

4. Educar contra el acoso y el hostigamiento sexual dirigidas a mujeres, niñas y jóvenes.

5. Difundir e informar sobre las diferentes violencias que viven las mujeres, desde un enfoque interseccional e intercultural.

6. Fomentar la denuncia de violencia hacia mujeres en sus distintas etapas de vida.

7. Exponer roles diversos y visibilizar logros y desafíos.

B) Capacitar a los y las trabajadoras de los medios de comunicación sobre los derechos de las audiencias con perspectiva de género.

1. Lo que implica comprender cómo los estereotipos de género afectan la cobertura mediática y cómo se pueden evitar.

2. Sensibilizar a los periodistas y productores sobre la importancia de evitar estereotipos y promover la diversidad.

C) Implementar mecanismos de monitoreo para evaluar la representación de género en los medios.

1. Monitoreo y evaluación para identificar áreas de mejora y medir el progreso hacia la equidad de género.

2. Seguimiento y consulta a las audiencias femeninas para comprender sus necesidades y preferencias de modo que ayuden a la toma de decisiones sobre programación y contenidos.

3. Crear conciencia de la importancia de la labor de las defensorías de derechos humanos y de las mismas/os desfensoras/es para prevenir agresiones en su contra; incluso, aquellas de los propios medios.

D) Trabajar en procesos de corresponsabilidad mediante la participación ciudadana de la defensa de los derechos de las audiencias femeninas.

1. Provocar que las audiencias femeninas pueden ejercer su poder como sujetos de derecho y consumidoras de medios.

2. Alfabetizar a las audiencias para exigir y consumir contenidos inclusivos y denunciar la discriminación.

E) Colaborar transversalmente con actores clave que promuevan la perspectiva de género

1. Colaborar con defensoras/es de las audiencias para abordar temas de igualdad de género y representación mediática.

2. Crear protocolos con perspectiva de género para cambiar narrativas y parámetros de buenas prácticas en los medios.

A manera de conclusión. Audiencias críticas en lugar de rating

La importancia de los derechos de las audiencias con perspectiva de género es innegable cuando se aprecia no sólo el cúmulo de actividades que ya se realizan, sino también cuando se escudriña el escenario actual de demandas sociales. Los cuatro aspectos mencionados (acceso y participación que pueden tener las mujeres en los medios de comunicación; representación equitativa de género en los medios; contenidos sensibles a cuestiones relacionadas con el género; y defensa de los derechos de las audiencias mediante la figura de los “defensores con perspectiva de género”) no tienen un orden o jerarquía que pretenda anteponerse. Se vuelven los elementos mínimos bajo los cuales pueden orientarse las acciones que deben realizarse.

Sin embargo, también se debe reconocer que aún hay pasos previos o urgentes que necesitan darse para lograr potencializar esos derechos de las audiencias y, más aún, para hacerlo con perspectiva de género. Entre ellos, la consolidación de los mecanismos de protección de las audiencias en el marco legislativo, el logro de una mayor democratización de los medios y, por supuesto, el ejercicio pleno de los derechos de las audiencias enmarcadas como participantes activas en el debate público que conlleven cambios sociales significativos. Empezar al menos por una participación en la toma de decisiones sobre la programación y contenidos que se ofertan en medios públicos y privados, bajo un enfoque de audiencias críticas y no de rating.

Adoptar la perspectiva de género en el derecho de las audiencias implica, entonces, un enfoque integral para evolucionar a una mirada inclusiva, sensible y de empoderamiento sostenible en el marco de la comunicación mediática para el cambio social.


Fuentes