Comunicación y género
como políticas de Estado

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El caso de la Defensoría del Público en Argentina

No. 153-154 / enero-diciembre 2024 / ensayo

María Florencia Rodríguez

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA, CONICET


Resumen. El propósito de este trabajo es informar de las principales contribuciones que realizó la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual de Argentina, desde su creación, al proceso de consolidación de la institucionalidad de género que vivió el país y, particularmente, al campo de la comunicación y género. Durante los últimos 12 años, impulsó una diversidad de políticas públicas a partir de actividades federales de investigación, capacitación y sensibilización sobre el tema. Recientemente, en el marco de un proyecto de ley impulsado por el actual presidente, su continuidad estuvo en peligro. Por eso, este recorrido también pretende ser un aporte para seguir reconociendo la relevancia de su labor bajo el horizonte del derecho humano a una comunicación sin violencias ni discriminación por razones de género.

Abstract. The purpose of this paper is to give an account of the main contributions made by the Public Defender’s Office of Audiovisual Communication Services of Argentina, since its creation, to the process of consolidation of gender institutions in the country, and particularly, to the field of communication and gender. During the last 12 years, it has promoted a variety of public policies based on federal research, training and awareness-raising activities on the subject. Recently, within the framework of a bill promoted by the current president, its continuity was endangered. For this reason, this report is also intended as a contribution to continue recognizing the relevance of its work within the framework of the human right to communication free of violence and gender discrimination.


En 2009, luego de 26 años de recuperación democrática, se sancionó en Argentina la Ley N° 26. 522 de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) que reemplazó a la normativa establecida por la última dictadura cívico militar en 1980. El proyecto original de la denominada “Ley de Medios” fue debatido en 24 Foros Participativos de Consulta Pública en los que se recogieron criticas y aportes de diferentes sectores de la sociedad. Esto posicionó al Estado como garante del derecho a la comunicación y fue un paso fundamental para el proceso de democratización de los medios (Mastrini y Becerra, 2009).

El artículo 19 de la LSCA estableció la creación de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual (DPSCA), como organismo autónomo con dependencia del Congreso de la Nación, que debe reportarse ante la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual. Sus funciones y misiones tienen un objetivo principal: defender el derecho a la comunicación y la formación crítica de las audiencias desde un paradigma de derechos humanos. Además, el artículo 20 especifica el procedimiento para designar un titular o una titular por 4 años con posibilidad de renovación por el mismo periodo.

El 14 de noviembre de 2012 se fundó la DPSCA y se designó a la doctora en comunicación, Cynthia Ottaviano, como la primera defensora del público por resolución conjunta de ambas cámaras del Congreso de la Nación. Su mandato culminó en 2016 y, desde ese momento, bajo el gobierno de Mauricio Macri, el organismo estuvo acéfalo por dos años. En 2018 dicha comisión bicameral decidió intervenirlo y Emilio Alonso fue nombrado en carácter transitorio. Finalmente, en 2020 se realizó el proceso de selección correspondiente, de acuerdo con lo estipulado en la normativa, y la periodista Miriam Lewin ocupó este cargo hasta junio de 2024.

El espacio, desde sus inicios, desarrolló acciones en torno al abordaje mediático de diferentes temáticas: consumos problemáticos; discapacidad; niñez y adolescencia; personas mayores; salud mental; migración, entre otras. Este escrito, a partir de una indagación documental, hará énfasis en la importancia de la Defensoría para el proceso de consolidación de la institucionalidad de género (Guzmán y Montaño, 2012) en Argentina, particularmente, a través de sus aportes al campo de la comunicación y género.

El derecho a una comunicación sin violencia mediática

La Plataforma de Acción de Beijing (PAB), surgida en la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer, establece 12 esferas para lograr la igualdad de género en el mundo. Una de ellas son los medios de comunicación que aparecen en la sección J y se plantean dos objetivos estratégicos: aumentar el acceso de la mujer y su participación en la expresión de sus ideas y la adopción de decisiones en los medios de difusión y por conducto de ellos, así como en las nuevas tecnologías de comunicación; y fomentar una imagen equilibrada y no estereotipada de la mujer en los medios de difusión.

La PAB establece una serie de medidas que deben ser adoptadas por los gobiernos, sistemas de difusión nacionales e internacionales, Mecanismos para el Adelanto de las Mujeres (MAM), organizaciones no gubernamentales y asociaciones profesionales de difusión. Este instrumento internacional marcó una línea de acción concreta para que los estados desarrollen políticas al respecto.

Desde sus comienzos, la articulación entre comunicación y género se consolidó como una de las líneas de trabajo fundamentales de la DPSCA con el propósito de fortalecer “una política cultural que procure la transformación en las representaciones y en el tratamiento mediático de las desigualdades de género es un paso hacia la desarticulación de diferencias socioculturales más profundas” (DPSCA, 2016, p. 37). Es decir, como organismo público, asumió como compromiso lo señalado por el inciso J de la PAB. En ese camino, promovió un cambio de paradigma que no sólo consideró a la comunicación como derecho, sino a la comunicación con enfoque de género como derecho. El marco de lo posible y lo decible en los medios sobre mujeres y diversidades fue cuestionado.

Entre una de sus funciones la DPSCA tiene la de recibir consultas y reclamos de la ciudadanía sobre diversas situaciones de vulneración de derechos en medios audiovisuales. Durante el primer periodo de su labor, identificó que una de las temáticas más recurrentes de las presentaciones eran la violencia, la sexualización, la cosificación y la estigmatización de las mujeres en los tratamientos periodísticos. En este sentido, consideró que las audiencias no son pasivas frente a este tipo de discursividad (DPSCA, 2013) y que es algo sobre lo que desean expresarse a partir de denuncias o búsqueda de información. Por lo tanto, decidió incluir este problema de interés público en su agenda institucional.

El organismo, entonces, trazó un plan trabajo desde un marco normativo que incluyó no solamente a la LSCA, sino a la Ley N° 26.485 de Protección Integral a las Mujeres que también fue sancionada en el año 2009. Esta última delimitó a la violencia simbólica (VS) como un tipo y a la violencia mediática (VM) como una modalidad de violencia contra las mujeres.

Durante el 2013, la defensoría presentó un proyecto para declarar el 2014 como “Año de lucha contra la violencia mediática hacia las mujeres”. Este documento es muy valioso ya que esboza una aproximación teórica a las nociones de VS y VM con aportes de grandes referentes del campo de la comunicación y de la teoría de género como Joanne Hollows, Jesús Martin Barbero, Eliseo Verón, Teresa de Lauretis y Nancy Fraser. Además, da cuenta de algunas denuncias que se realizaron en la justicia por violencia mediática a partir de la sanción de la Ley 26.485 aunque, hasta ese momento, no se contaba con sentencias definitivas.

En la búsqueda de antecedentes sobre el tema se puede identificar un trabajo de Sandra Chaher (2010) y el documento citado como parte de los primeros estudios que reflexionan sobre la VM como concepto y sus implicancias políticas y normativas. Este término permitió explicitar y condensar múltiples sentidos y representaciones patriarcales que operaron, durante años, en el tratamiento mediático de situaciones de violencia de género y femicidio, y que fueron indagadas, con diferentes abordajes teórico-metodológicos, especialmente, desde los estudios de comunicación y género a partir de las décadas de 1960 y 1970 (Laudano, 2010).

La propuesta presentada por la defensoría fue aprobada en 2014 y se constituyó un equipo de capacitación federal, integrado por especialistas en la temática, para desarrollar acciones de capacitación, sensibilización y promoción que convocaron a más de 6 mil 700 personas en todo el país. Asimismo, suscribió un convenio de cooperación con la, por entonces, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), así como el Consejo Nacional de Mujeres (CNM) y el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI). Especialmente este último, creado en 1995, también es un organismo fundamental en la generación de políticas de comunicación con enfoque de derechos.

Entre las múltiples actividades que se desarrollaron, se presentó el libro Políticas públicas de comunicación y género en América Latina: Un camino por recorrer (2014), publicado por la Asociación Comunicación para la Igualdad con el apoyo de la defensoría y la Fundación Friedrich Ebert. Este trabajo, y su actualización en los años 2016 y 2018, involucró el monitoreo en 15 países de la región. No hay bibliografía similar sobre este tema por lo que se convierte en una lectura obligada para analizar los avances y retrocesos de estas políticas a partir de las realidades de cada contexto y los compromisos asumidos por los estados sobre medios e igualdad de género especificados en el capítulo J de la PAB.

En 2014, la DPSCA firmó un convenio con el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) y realizó una convocatoria para presentar proyectos de investigación en comunicación. Algunas propuestas seleccionadas, financiadas por ambos organismos, respondían a líneas de investigación del campo de la comunicación y género, o proyectos que daban cuenta de la incorporación del enfoque de género en el estudio de diferentes temáticas como la mediatización de la pobreza, la inseguridad, entre otras.

Por otro lado, la defensoría impulsó el proyecto que dio origen a la Ley N°27.176, sancionada en 2015, por la cual se instituyó cada 11 de marzo como “Día Nacional de la Lucha contra la Violencia de Género en los Medios de Comunicación” en conformidad con lo establecido en la Ley 26.485 y la Ley 26.522. La misma tiene como objetivo la promoción y salvaguarda de la igualdad de género en el tratamiento plural y no estereotipado en los medios de comunicación.

En este contexto, el 3 de junio de 2015, en Argentina tuvo lugar la primera convocatoria Ni Una Menos que inauguró una nueva sensibilidad social en torno a la violencia contra las mujeres y los femicidios (Arguilleta, 2021; Trebisacce y Varela, 2020). El primer manifiesto leído el día de la marcha señaló que los medios tenían que transformar el enfoque con el que abordaban el problema porque, en su mayoría, culpabilizaban y revictimizaban a las víctimas (Ni Una Menos, 2015).

Era la primera vez que, en un acontecimiento de tal envergadura, se manifestaba la responsabilidad de los medios de comunicación frente a la problemática. Esto no habría sido posible sin la participación de periodistas y comunicadorxs feministas que tuvieron un rol fundamental en la convocatoria, movilización y cobertura de un descontento social multitudinario y federal hacia la violencia machista sistemática y feminicida. Fue un momento de inflexión en la historia de las demandas de los feminismos y la Defensoría del Público no estuvo ajena. Desde ese momento, sus trabajadorxs comenzaron a participar de las marchas y aprovecharon estas instancias para informar a la sociedad sobre cómo formular reclamos y consultas sobre discriminación y violencia de género en los medios audiovisuales.

Se generó, entonces, una resonancia entre los reclamos del movimiento y el trabajo que la Defensoría ya venía haciendo. Gracias a la movilización, el compromiso de nuevos actores y la instalación del marco cognitivo, “Vivas nos queremos” se fue afianzando una política e institucionalidad de género para prevenir y erradicar el morbo, el sensacionalismo y la espectacularización de situaciones de violencia de género, feminicios y transfeminicidos.

En 2015, lanzó el concurso “Zoom a los derechos”[1] que tenía como finalidad la producción de un videominuto para promover la equidad de género como derecho de las audiencias en medios audiovisuales. Se seleccionaron 20 propuestas de todo el país que abordaron temáticas en torno a la consigna: inclusión de voces de mujeres indígenas; tratamiento no sexista de las mujeres y diversidades; erradicación de la idea de crimen pasional en la cobertura de femicidios; publicidad libre de estereotipos de género, entre otras. Las piezas comunicacionales fueron muy precisas y valiosas en su contenido como así, también, la actuación de quienes participaron en cada una de ellas. No dejaron dudas sobre la reflexión que querían problematizar con las audiencias.

Junto con la Asociación Comunicación para la Igualdad y la Fundación Friedrich Ebert, organizó el Seminario Latinoamericano de Comunicación y Género “El debate regional en el contexto de Beijing + 20” que se desarrolló el 13 de agosto de 2015 en Ciudad de Buenos Aires. Una de las ponencias destacadas en ese encuentro fue la de Víctor Abramovich, quien se desempeñó como integrante y relator en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

En el marco de su conferencia sobre libertad de expresión y derecho a la igualdad, el abogado destacó el trabajo que venía realizando la Defensoría por impulsar mecanismos reparatorios que no son ni sancionatorios, ni vinculantes, ni disciplinarios ya que están pensados desde un paradigma de diálogo con los medios. “O sea, mecanismos que trabajen más en la esfera de la política pública de comunicación que de la responsabilización jurídico legal” (Abramovich, 2015: 14). Esta perspectiva fue reconocida a nivel internacional por la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH y la Organización de Estados Americanos.

Efectivamente, como no tiene potestad sancionatoria, busca consensuar con los medios y las audiencias estrategias de resarcimiento ante la vulneración de derechos. Durante sus primeros años, publicó informes audiovisuales sobre lo que denominó “casos resueltos”[2]. En éstos se puede ver cómo, a partir de un reclamo de la ciudadanía, el organismo se pone en contacto con los medios y periodistas para acordar alguna medida reparatoria. Especialmente, se exponen casos en los cuales intervino ante situaciones de sexismo, cosificación y discriminación contra mujeres y diversidades, y tratamientos morbosos y sensacionalistas de femicidios.

En Argentina, antes de que se constituya en 2015 el Registro Nacional de Femicidios en la Corte Suprema de Justicia, asociaciones como La Casa del Encuentro[3] realizaban esta sistematización tomando a los medios como fuentes de información. No obstante, aunque su aporte fue importante para obtener un saber cifrado (Trebisacce y Varela, 2020) sobre la problemática, en la mayoría de los tratamientos periodísticos operaba una pedagogía de la crueldad (Segato, 2016).

El enfoque de reparación promovido por la DPSCA permitió desprenderse de una mirada conductista e instrumentalista de los medios ya que, en este caso, las audiencias participan de forma dialógica (Morales Monguillot, 2017). Así se toma distancia de la idea radical de los medios como centralmente nocivos (Buoanno, 2014) porque, además de pensar en cómo transformarlos, es fundamental hacer hincapié en su potencial transformador (Justo Von Lurzer, 2019).

Los dictámenes que emite la Defensoría sobre VM no son vinculantes, pero pueden ser utilizados en instancias administrativas y judiciales, o remitidos al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). Estos representan instrumentos de análisis para identificar cuáles son los criterios y las recomendaciones que operan en el abordaje de cada presentación. En su página de internet fácilmente se puede acceder a esta información.

Lo anterior pone de manifiesto que también impulsó nuevos debates y consensos en torno a la libertad de expresión puesto que, históricamente, lxs dueñxs de los medios de comunicación la utilizaron como pretexto para no responsabilizarse por situaciones de sexismo. Incluso, en instancias judiciales acudieron a este argumento; sin embargo, muchos tribunales de justicia, ante denuncias de violencia mediática, han considerado que el ejercicio de dicha libertad no puede lesionar otros derechos porque uno de sus límites, es la violencia y discriminación por razones de género (Rodríguez, 2024).

La Dirección de Análisis, Investigación y Monitoreo de la defensoría, entre 2013 y 2021, realizó un estudio cuantitativo y cualitativo anual de noticieros de televisión abierta del Área Metropolitana de Buenos Aires denominado “¿Qué es noticia para los noticieros?” De acuerdo con el documento metodológico que guía el informe (DPSCA, s/f), entre muchas otras variables, identificó el género de presentadorxs, columnistas y movilerxs (varones, mujeres, otras identidades y sus combinaciones) y el tópico “géneros” para registrar su aparición en los noticieros.

El más reciente monitoreo publicado señaló que “géneros” fue representado en 2.7% de las noticias sistematizadas (DPSCA, 2022) por lo que se ubicó en el decimoquinto puesto entre las discursividades abordadas en los noticieros. Esto significó una disminución en relación con el año anterior puesto que, en 2020, había alcanzado 4.4 %. El informe para el periodo 2021 indica que violencia de género (26.6%), abuso (22.6%) y femicidio (16%) son los más destacados del tópico. En la cobertura de estos hechos sigue prevaleciendo un enfoque policial de la noticia y se los asemeja con hechos delictivos y de inseguridad.

Por otra parte, la DPSCA, con un criterio federal, otorgó becas para que estudiantes y profesionales del campo de la comunicación puedan cursar el Diploma en Comunicación, Género y Derechos Humanos que dicta la Asociación Comunicación para la Igualdad desde el año 2011. Esta propuesta, junto con la Especialidad en Comunicación, Periodismo y Género de la Universidad Nacional de La Plata y el Programa de Actualización en Comunicación, Géneros y Sexualidades de la Universidad Nacional de Buenos Aires son las únicas formaciones extracurriculares y de posgrado sobre el tema en el país.

Desde el 2014, también dicta el curso gratuito “Introducción a la perspectiva de género en los medios audiovisuales” de forma virtual. Busca promover la equidad de género en las prácticas profesionales de personas que, fundamentalmente, se desempeñen en este ámbito. Cuando comenzó esta propuesta no había una oferta de capacitación análoga y, mucho menos, desde un organismo público

De forma sistemática, elabora guías para la cobertura mediática de múltiples tópicos. En relación con el campo de la comunicación y género se publicaron las siguientes[4]: Recomendaciones para el tratamiento mediático de las violencias por motivos de géneros, Recomendaciones para el abordaje respetuoso de las personas trans-travestis en los medios de comunicación, Violencia en entornos digitales: claves para el abordaje en los medios, Violencia política por razones de género en los medios de comunicación audiovisual, entre otras. Antes del acceso a estos materiales, se contaba con los decálogos sobre el tratamiento mediático de la violencia contra las mujeres y la trata de personas y la explotación sexual elaborados por Periodistas de Argentina en Red por una Comunicación no Sexista (Red PAR) y publicados en 2008 y 2014.

En los análisis que se hicieron sobre la implementación de la Plataforma de Acción de Beijing, en torno al capítulo J, se identificó que países como Argentina habían avanzado mucho sobre medidas que responden el segundo objetivo estratégico. Sin embargo, todavía prevalecía una deuda significativa en la generación de políticas que promuevan la participación de las mujeres y diversidades en la estructura laboral de los medios.

En 2021, se aprobó en el país la Ley N° 27.635 de Equidad en la Representación de los Géneros en los Servicios de Comunicación que fue propuesta desde organizaciones de periodistas especialistas en género y debatida ampliamente en foros federales. La DPSCA tuvo un rol muy activo durante este proceso ya que sus equipos técnicos asesoraron a lxs legisladorxs que presentaron los proyectos normativos sobre este tema. Asimismo, junto con otros organismos, sindicatos y sectores de la sociedad civil trabajó fuertemente para que la ley fuera reglamentada, hecho que sucedió en 2023.

Miriam Lewin y Alejandra Iriarte (2023) señalan que las audiencias también solicitan mayor equidad en los medios. Esta es una demanda que se escucha en el marco de las diferentes audiencias públicas que desarrolla la defensoría en las distintas regiones argentinas. Además, se realizaron reclamos del público sobre la falta de representación de mujeres y diversidades en programas de radio y televisión. Ante esto, la DPSCA envió notas a los medios en las que se especificaron dichas preocupaciones.

Desde 2012, este espacio desarrolló sus funciones y articuló acciones con los MAM que estuvieron vigentes en distintos periodos: Consejo Nacional de las Mujeres (1992- 2017), Instituto Nacional de las Mujeres (2017-2019), Ministerio Nacional de las Mujeres, Géneros y Diversidad (2019-2023). Fue protagonista en la construcción de una arquitectura de género (Guzmán, 2018) dentro del Estado para pensar la comunicación desde el género y el género desde la comunicación. Así pues, fue incluida en el Plan Nacional de Acción (2020-2022), presentado por dicho ministerio, en el cual planificó el fortalecimiento de la prevención y abordaje en materia de violencia simbólica a partir de la denuncia, el monitoreo y el análisis de información (MMGyD, 2022).

Desafíos en el contexto actual

El 27 de diciembre el nuevo presidente de la Argentina, Javier Milei, envío el proyecto de ley “Bases y puntos de partida para la Libertad de los Argentinos”, conocida como “Ley Ómnibus”, a debate en el Congreso con el propósito de desregular la economía y delegar facultades legislativas al ejecutivo. Aunque originalmente no había ninguna referencia específica a la DPSCA, en el marco de la negociación de acuerdos para aprobar la normativa, algunos sectores políticos lograron que se incluyera en el dictamen la derogación de los artículos 19 y 20 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Esto significaba el cierre de la Defensoría luego de 12 años de trabajo y la transgresión del derecho a la comunicación de las audiencias. Pero, además, implicaba un gran retroceso en políticas de comunicación y género fundamentales.

Esta ley, en un primer momento, volvió a comisión y luego se aprobó el 28 de junio del presente año, aunque, ya no incluyó el cierre del organismo. Sin embargo, algunos grupos con poder político, económico y mediático no han dejado pasar la oportunidad de promover su eliminación. Esto representa un peligro potencial que podría arrasar sobre consensos alcanzados en torno a una libertad de expresión e información con perspectiva de derechos.

Una de las primeras medidas que tomó el nuevo gobierno fue eliminar el Ministerio Nacional de las Mujeres Géneros y Diversidad que actuaba como MAM desde 2019. Este gran logro del movimiento feminista fue foco de muchos ataques, especialmente, por Milei e integrantes de su partido político. Luego, lo redujo a Subsecretaria de Protección contra la Violencia de Género y, finalmente, lo cerró. Es decir, que de acuerdo con la clasificación que hace la CEPAL de los MAM de Latinoamérica, Argentina paso de tener un nivel alto a quedarse sin organismo rector de políticas de género (CEPAL, s/f).

El trabajo de la defensoría no solamente fue fundamental para avanzar en el cumplimiento de los dos objetivos estratégicos de la Plataforma de Acción de Beijing, sino también, con los compromisos que asumió el Estado argentino ante la CEDAW y la Convención de Belém Do Pará para la erradicación de estereotipos de género en los patrones socioculturales, particularmente, de los medios de comunicación.

Es indudable el aporte que hizo, además, a los estudios de comunicación y género en el país ya que no solo convocó a profesionales del campo y financió proyectos, sino que también realizó investigaciones cuyos datos son muy valiosos para esbozar nuevos temas y problemas de trabajo. En alianza con universidades y el CONICET cumplió un rol importante para posicionar a la violencia mediática en la agenda pública

Todo esto en conjunto con las demandas feministas fueron la ventana política (Guzmán y Montaño, 2012) que representó una oportunidad para instalar estos temas, además, en la agenda institucional. Por esto, como se esbozó en un principio, su trabajo abonó a consolidar la institucionalidad de género en Argentina, especialmente, en función del diseño, evaluación y gestión de políticas de comunicación y género. Cuando el MMGyD inició su gestión, la Defensoría ya contaba con datos, investigaciones, material pedagógico y profesionales formadxs en violencia mediática y otra diversidad de temas relacionados.

El Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém Do Pará (MESECVI) destacó, en más de una oportunidad, la actuación ejemplar que viene haciendo la defensoría para combatir la violencia y discriminación por razones de género. También, hizo el señalamiento correspondiente cuando estuvo acéfala durante la presidencia de Mauricio Macri (MESECVI, 2020). En 2023, recomendó al poder ejecutivo que la defensoría integrara una mesa interinstitucional para la revisión de normas y prácticas relacionadas con el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres y que incluyera los sistemas normativos y prácticas culturales (MESECVI, 2023a).

Dicho mecanismo, también, emitió una declaración en la que manifestó preocupación por la falta de entendimiento que hay en la región sobre la violencia simbólica y la forma en que impacta en la vida de las mujeres y niñas. Al respecto, entre muchas otras medidas, propuso que profesionales de los medios se capaciten en este tema ya que su papel es fundamental en la prevención y erradicación de esta violencia (MESECVI, 2023b).

En su más reciente informe anual publicado, la defensoría señaló que 6 de cada 10 reclamos que recibió fueron por representaciones discriminatorias a las mujeres (DPSCA, 2023). Todavía, entonces, queda mucho por hacer en el horizonte de políticas de comunicación y género. La tarea pedagógica iniciada debe tener continuidad, es un reclamo y un derecho de las audiencias. Durante más de 10 años la defensoría junto con la ciudadanía fortaleció un nuevo paradigma: el Estado tiene la obligación, no elegible, de garantizar una comunicación libre de violencias y discriminación por motivos de género.


Notas

  1. Se puede acceder a todas las producciones ganadoras del concurso a través del siguiente enlace:https://defensadelpublico.gob.ar/producciones-para-promover-la-equidad-de-genero-en-radio-y-television
  2. Los videos están disponibles en el siguiente enlace: https://www.youtube.com/playlist?list=PLqh-tFgTpOtXYjWeKyNWpkgQHG6tsNcUG
  3. “La Casa del Encuentro” es una Asociación Civil que desde el año 2008 comenzó a contabilizar los hechos de femicidio. En la actualidad continúa desarrollando este trabajo.
  4. Las recomendaciones pueden descargarse en el siguiente enlace: https://defensadelpublico.gob.ar/recomendaciones/

Fuentes