La subjetividad del derecho a la información
Por Belén Kemchs Deloya
Fue una noche durante la cena, mientras mi abuela atendía el noticiero de López Dóriga, que mi impresión del artículo sexto se empezó a complicar; veía las notas muy priistas y los colmillos del dinosaurio tricolor estuvieron a punto de atacarme atravesando la pantalla como en efecto 3D.
Recordemos que el artículo sexto constitucional dice, entre otras cosas, que “El derecho a la información será garantizado por el Estado”[1]. Es interesante como, por primera vez en muchos años, gracias a la iniciativa de la reforma constitucional en telecomunicaciones, este artículo contendrá transformaciones, junto con el séptimo constitucional, a favor de la libertad de expresión y la prohibición de la publicidad integrada, además de marcar el rumbo hacia las nuevas tecnologías como un derecho universal.
José López Portillo fue quien tuvo la idea de dar una novedad a la constitución original de 1917, pues reconoció que el Estado tendría que garantizar el derecho a la información. En su toma de posesión como presidente, el 1 de diciembre de 1976, ‘Jolopo’ dijo:
“En el caso de la información no basta con abrir la oportunidad legal y libre para que haya información y comunicación. En una economía mixta en la que los procesos mercantiles también se garantizan, menester es garantizar que quienes por la fortuna no tienen medios, tengan sí la seguridad de informar y ser informados”[2].
Otro de los surcos creados en la tierra fértil de la reforma constitucional mexicana que puntualiza el derecho de acceso a la información como un derecho fundamental, es la publicación de la Ley Federal de Transparencia que constituye el progreso en materia de acceso a la información o transparencia gubernamental, ya que anteriormente los gobiernos federales y locales tenían censurado, bajo mil candados, el manejo de su información financiera, como sueldos, destino y utilización de los recursos monetarios; incluso información básica que hoy nos parece cotidiana como la relativa a las propias organizaciones: su organigrama, tipos de contrataciones, entre otros.
En junio de 2007 se decretó la reforma al artículo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la que toda persona tiene, desde entonces, “la facultad de conocer sin trabas ni condiciones artificiales todos los documentos en los que consta la actividad de los gobiernos federal, estatal y municipal de México.”[3] Con esos criterios constitucionales se homologó en todas la entidades del país el acceso a la información pública gubernamental para así privilegiar el principio de máxima publicidad en el acceso a la información. Sin embargo, en ese momento, de los medios nadie habló.
Y es que hoy, más de 35 años después de que el Estado garantizara la información al pueblo mexicano y a 40 años de que TELEVISA naciera con la fusión de Telesistema Mexicano y Televisión Independiente, el senador de la República, Javier Corral ha reconocido que “nunca (antes) se había podido tocar en nuestro país desde el sexto y el séptimo propiamente el sujeto fundamental del derecho de la información que son los medios de comunicación”.
Los medios de comunicación cumplen un papel fundamental para lograr el derecho a la información que el Estado tiene la obligación de garantizar. Pero sin enrolarme en términos complejos, como lo son los anglicismos must carry, que define la obligación que tienen los concesionarios de televisión radiodifundida a poner a disposición de todos los sistemas de televisión restringida sus señales de manera gratuita, y must offer, la obligación que tienen los concesionarios de televisión restringida de transmitir simultáneamente sin interrupciones, incluida la publicidad y toda la programación[4], lo cierto es que el enunciado “el derecho a la información será garantizado por el Estado”, que dicta la constitución, es interpretado con dificultad por la opinión pública.
Pilar Vázquez tiene 55 años de edad y es jefa del departamento de recursos humanos en una institución gubernamental. Se le preguntó qué significa eso que dicta el artículo sexto de la Constitución de que “el derecho a la información será garantizado por el Estado”, ella respondió: “El estado se compromete a no bloquear o manipular la información que se proporciona en los medios de comunicación”. Con must carry y must offer la respuesta es árida como el desierto.
Mariana Plata, diseñadora de modas independiente, de 25 años de edad, incorporada a la era de internet, también es distante a los términos must carry y must offer, aunque para ella que el Estado le garantice el derecho a la información “es el deber del Estado de mantener a sus ciudadanos informados y para esto debe apoyar a diferentes medios de comunicación como periódicos, televisión, radio y redes sociales”. Para una interpretación como ésta, la Cámara de Diputados ya dio una posible resolución, pues en su aprobación del viernes 22 de marzo se planteó que el “Estado debe garantizar el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha. Se adicionó de manera expresa la inclusión del servicio de internet”.
El mismo artículo sexto tiene como novedad “establecer la creación de un organismo público con autonomía técnica, operativa, de decisión y de gestión que tendrá por objeto proveer el servicio de radiodifusión sin fines de lucro, a efecto de asegurar el acceso al mayor número de personas en cada una de las entidades de la Federación, a contenidos que promuevan la integración nacional, la formación educativa, cultural y cívica, la igualdad entre mujeres y hombres, la difusión de información imparcial objetiva, oportuna y veraz del acontecer nacional e internacional, y dar espacio a las obras de producción independiente”.[5]
Con ejemplos testimoniales de personas que viven las leyes, entendemos que uno de los mayores retos que queda por hacer en esta iniciativa es el contacto con la gente, con los de abajo, con los que ven todas las noches el noticiero de Joaquín López Dóriga en el Canal de las Estrellas, los que pagan por los servicios de telefonía, internet y/o televisión. Ellos, los verdaderos beneficiarios o mártires de las aprobaciones legislativas y ejecutivas.
*2º lugar en Ensayo Nivel Licenciatura del Certamen de géneros del Aniversario 64 de la Escuela de Periodismo Carlos Septién García
[1] http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf
[2] http://www.libertad-expresion.org.mx/wp-content/uploads/2009/12/pineda.pdf
[3] http://inicio.ifai.org.mx/Publicaciones/ModificacionArt6.pdf
[4] http://www.presidencia.gob.mx/wp-content/uploads/2013/03/Iniciativa-Reforma-Constitucional-Telecom.pdf
[5] http://www.presidencia.gob.mx/wp-content/uploads/2013/03/Iniciativa-Reforma-Constitucional-Telecom.pdf