Abismo entre la ley y la realidad
Telecomunicaciones y sociedad
Clara Luz Álvarez
Colaboradora de la RMC y de El Financiero
La contratación de personal en el sector público históricamente ha sido instrumento para asegurar un régimen de lealtades de los servidores públicos. Lealtad al grupo y no a México, ni a las instituciones. «Si perteneces al grupo, estarás con nosotros estemos donde estemos». No era extraño que el grupo estuviera un día en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, otro día en la Secretaría del Trabajo y después en la Secretaría de Turismo, ¿por qué no? «¡Qué importa la materia si lo importante es mantenernos unidos!».
En 1934 se expidió el Acuerdo sobre Organización y Funcionamiento del Servicio Civil y en 1983 se creó la Comisión Intersecretarial del Servicio Civil, pero no fue sino hasta el 2003 con la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal cuando se instaura un sistema que pretende garantizar el «ingreso, desarrollo y permanencia en la Administración Pública Federal a través del mérito y la igualdad de oportunidades; en un marco de transparencia y legalidad». Empero, este sistema ha dejado mucho que desear. En algunos casos ha provocado la parálisis en la contratación de recursos humanos, en muchos otros los concursos tienen destinatario con nombre y apellido. Mucho queda por hacer a nivel federal y no se diga en las entidades federativas en las que el compadrazgo y la pertenencia al grupo son los criterios de selección.
La Comisión Federal de Telecomunicaciones ha iniciado concursos para muchas plazas que van desde direcciones generales hasta auxiliares de analistas. Está pendiente que se emita el Reglamento Interior de la Comisión que por ley debió de haberse realizado hace casi 20 meses. ¿Cuándo saldrá el Reglamento? ¿Qué pasará con el personal que ahora se contrate con la estructura vieja? ¿Serán concursos objetivos y transparentes o ya se sabe quiénes quedarán en esas plazas? Porque el servicio profesional ofreció a los servidores públicos que no serían removidos si venían nuevos jefes o por no pertenecer al grupo. Se les hizo presentar exámenes para obtener la titularidad, pero cuando la nueva administración quiso ocupar sus plazas, ¿sirvió el servicio profesional? No. Al viejo estilo se pidieron renuncias y como dicen «antes se sabía que llegaba nuevo grupo y uno presentaba su renuncia, pero con el servicio profesional nos convencieron que ya no sucedería y no fue así». La ley cambió, la antigua práctica persiste.
Otra práctica que se resiste a desaparecer es el respeto a lo prometido a los consumidores. Sky ofreció a sus suscriptores del paquete Fun (o paquetes superiores) en agosto de 2007 que transmitiría en exclusiva la Liga Española de Futbol, lo cual implicaría que cada fin de semana sus clientes podrían ver alrededor de 10 partidos de futbol español. En la fecha de inicio, sólo se transmitieron 3 partidos. Sky anunció esencialmente que problemas de las transmisoras españolas impidieron pasar todos los partidos.
La Procuraduría Federal del Consumidor, tras una denuncia telefónica de la asociación de consumidores Alconsumidor, A.C., investigó si Sky había realizado publicidad engañosa, toda vez que por algunos días siguió ofertando en su programación la Liga Española a pesar de haber reconocido que temporalmente no se podría llevar cabo cabalmente. El 31 de enero pasado, la Profeco sancionó a Sky por publicidad engañosa.
Paralelamente, 3 ciudadanos entre ellos Adriana Labardini de dicha asociación civil, presentaron quejas ante Profeco por considerar que Sky (Corporación Novavisión) no había cumplido con lo ofrecido respecto a la Liga Española. En la etapa de conciliación, se llegó a un acuerdo por el que Sky les dará 2 meses de servicio gratis. Alconsumidor en www.alconsumidor.org.mx está ofreciendo a los suscriptores de Sky que hayan padecido lo mismo que estos ciudadanos, a realizar por ellos los trámites para que se les compense por la oferta incumplida. Ante la inexistencia de acciones colectivas, Alconsumidor está buscando remedios como éste en beneficio de los consumidores.
El artículo anterior se debe de citar de la siguiente forma:
Álvarez, Clara Luz, «Abismo entre la ley y la realidad», en El Financiero,
5 – III- 2007, Dinero.