Reforma electoral y libertad de expresión
Lapidiarium
Omar Raúl Martínez
Desde su aprobación en noviembre pasado, la reforma constitucional en materia de elecciones ha sido impugnada por las televisoras, por órganos vinculados al Consejo Coordinador Empresarial y por un grupo de intelectuales, arguyendo que con la nueva ley se restringe la libertad de expresión. Entre las normas aprobadas figuran la prohibición para contratar anuncios políticos en periodos electorales, el otorgamiento de potestad legal al IFE para contratar los tiempos y espacios en los medios, y el impedimento para funcionarios de publicitar obras de gobierno donde aparezcan ellos mismos.
El artículo 41 ha concentrado las motivaciones de las referidas demandas de amparo, el cual dice: “Ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y TV dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni a favor o en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular. Queda prohibida la transmisión en territorio nacional de este tipo de mensajes contratados en el extranjero”.
Uno de los grupos más activos en contra de la reforma electoral es el compuesto por 15 intelectuales, entre los que destacan Héctor Aguilar Camín, Federico Reyes Heroles, Leo Zuckerman, Jaime Sánchez Susarrey, Luis Rubio, Jesús Silva Herzog-Márquez, entre otros. Ellos, que habitualmente tienen espacios en medios impresos y/o electrónicos, se inconformaron desde diciembre ante la Suprema Corte, alegando que la prohibición para contratar y pagar espacios de propaganda en radio y TV “desalienta el ejercicio democrático”, “altera y frustra el derecho humano a la libre expresión de las ideas y, por consecuencia, del derecho a informar”.
Extraña tal resquemor, porque no se habla de restringir, censurar o limitar por ley los segmentos informativos o los programas de reflexión y debate. La reforma constitucional sólo cierra la posibilidad de pagar por opinar en spots vía medios electrónicos. En este tenor, muchas interrogantes me asaltan: ¿acaso la libertad de expresión depende de los spots pagados a la radio y la televisión? ¿acaso no se confunde libertad de prensa por libertad de empresa? ¿acaso piensan que el hecho de cancelar anuncios pagados de 30 segundos limitará los márgenes de comprensión de la realidad política que deben aportar los noticiarios y programas de debate?
A mayor abundamiento vale resaltar:
a) No creo que la reforma electoral trastoque la libertad de expresión: ciertamente prohíbe que haya campañas negativas y que organismos ajenos a los partidos contraten publicidad política, pero ello no supone la censura de esos asuntos en los segmentos periodísticos.
b) La citada prohibición ya existía en el Código Federal Electoral. Lo único que ahora hizo el Congreso fue incorporarla a la Constitución Política y en la ley reglamentaria con las respectivas sanciones a quienes la transgredan.
c) Como bien dice Lorenzo Cordova, en las democracias modernas no existen libertades absolutas (El Universal, 6/08/06), y añade: “Cuando los derechos fundamentales se ejercen en un contexto determinado, el político-electoral, se ven sometidos a una serie de restricciones extrínsecas, adicionales a las que les son propias, y que resultan del respeto a las reglas fundamentales del régimen democrático. (…) En ese sentido, la prohibición de que se contrate por parte de terceros propaganda electoral a favor o en contra de partido o candidato alguno es una restricción válida a la luz de uno de los principios rectores de la contienda democrática: el de la equidad de la competencia”. En otras palabras: se restringe la posibilidad de contratación, no la libertad de expresión.
d) La reforma –como ha dicho la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi)– busca impedir que el dinero signifique una puerta privilegiada para hacer política electoral; limitar la capacidad de los medios electrónicos para influir en los procesos electorales, y propiciar que el debate público sea a partir de propuestas, posiciones políticas e ideas y no sólo en función de consignas o spots.
Sin soslayar que no podrían faltar intentos para inhibir el libre ejercicio periodístico por vías legislativas, lo cierto es que hoy día los verdaderos peligros para la libertad de expresión son otros: la concentración de los medios de comunicación –particularmente en el ámbito televisivo–, la violencia e intimidaciones contra periodistas y medios, y la asignación arbitraria y discrecional de la publicidad oficial.
En este contexto, llama la atención que las televisoras, por ejemplo, hayan omitido la presentación de un importante informe, el 18 de agosto, que documenta los ataques contra medios y periodistas en México, emitido por una Misión Internacional. ¿Qué acaso no les interesa el tema de la libertad de expresión? ¿No tendría mayor impacto defender las libertades informativas de todos los medios, más allá de los propios intereses en juego? ¿Por qué a la demanda de los 15 intelectuales, que favorece la postura de la TV privada, se le dio un grandísimo despliegue y, en contraste, el pronunciamiento de Amedi, que apoya la reforma y lanzó un reto para debatir públicamente el tema no mereció ningún espacio televisivo?
Director de la Revista Mexicana de Comunicación, presidente de la Fundación
Manuel Buendía y profesor de periodismo de la FES Acatlán de la UNAM.
Correo electrónico: lapidiarium@yahoo.com.mx
El siguiente es un ejemplo de cómo debe citar el artículo anterior:
Martínez Sánchez , Omar Raúl, 2008: «Reforma electoral y libertad de expresión»,
en Revista Mexicana de Comunicación en línea, No. 112, México, agosto. Disponible en:
http://www.mexicanadecomunicacion.com.mx/rmc/omar.htm
Fecha de consulta: 28 de agosto de 2008.