El costo de la crítica

  • El marco legal mexicano es insuficiente para dar respuesta a la violencia contra periodistas.
  • Las leyes son usadas para mitigar los problemas sin darles solución.
  • «La solución verdadera no pasa por más leyes. Es imprescindible  la interiorización en cada una de las personas de lo que debe ser tolerado, exigido y denunciado. Se debe abonar a la identificación de la relación entre nosotros y los demás así como los aspectos básicos de preocupación común para que cada quien pueda estar en las condiciones mínimas posibles de realizar su propio proyecto vital», dice Villanueva.

Fotografía: "Exigimos verdad y justicia para Regina" por Adri Lagunes @ Flickr

Por Ernesto Villanueva

El ejercicio de la libertad de expresión crítica para honrar el derecho a la información veraz ha estado sujeto a distintas presiones. De los boicots publicitarios, compra de ejemplares para silenciar informaciones, amenazas hasta la privación ilegal de la libertad y de la vida. Es ahora el lamentable caso de la reportera de Proceso, Regina Martínez, que suma a otros sucesos con igual destino. De cara a este fenómeno el Estado ha reaccionado en dos frentes cuyos resultados posibles abrigan, empero, muchas dudas. Veamos por qué.

Primero. El primer paso fue el remedial o resolutivo que inició el 15 de febrero del 2006 al ser creada la ahora llamada Fiscalía Especializada para Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión dentro de la PGR como resultado de presiones nacionales e internacionales por el inicio del ataque sistemático y creciente a quienes ejercen este derecho humano, sobre todo a los periodistas. Se pensó – al menos eso quiso creer buena parte de la comunidad periodística- que con esa decisión habrían de esclarecerse los delitos cometidos en perjuicio de informadores y opinadores. No fue así.

En estos 6 años de vida, la Fiscalía no ha cumplido su cometido por dos razones:

  1. Por sus limitaciones legales que, aunque lentamente se han ido mejorando, que impiden equiparar esta figura con otras fiscalías especiales como la de delitos electorales, por citar un ejemplo; y
  2. Por ausencia de voluntad institucional para dotar a esta fiscalía de los recursos necesarios para su adecuado funcionamiento. (Sobre el tema puede abundarse en mi texto publicado en Proceso 1732 de fecha 10.01.2010).

El desafortunado diseño de la fiscalía trajo consigo ausencia de casos resueltos. El 6 de marzo pasado, el Senado aprobó una adición al segundo párrafo de la fracción XXI del artículo 73 constitucional que ya había sido votada favorablemente por la Cámara de Diputados (que se encuentra en proceso de ser ratificado por la mitad más uno de los congresos locales) que al igual que en el 2006 el grueso de la comunidad informativa festejó lo que creyó (como si fuera un dogma de fe) que se trataba de la “federalización de delitos cometidos en perjuicio de los periodistas”. Por supuesto, que no es así. En realidad, la adición constitucional festinada ofrece expectativas posibles. Nada más. En efecto,  al utilizar el verbo “podrá” en lugar de “deberá”, deja la federalización en un estado de fragilidad.  El primer caso es potestativo (como se aprobó); es decir, puede o no conocer la autoridad federal de casos de agresiones a periodistas. El segundo, es imperativo.

Segundo. Como medida de prevención, el 30 de abril pasado, el Congreso aprobó la  Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. De entrada, es paradójico que no sólo los defendidos de los derechos humanos sean objeto de tutela legal, sino también los defensores. El contenido de la ley es exhaustivo, refleja un plausible trabajo de su comité de diseño e incorpora distintos supuestos para la defensa de la integridad de activistas y periodistas. Desde el punto de vista formal, sólo le encuentro una falla: la parte de las sanciones. ¿Qué pasa si los encargados de hacer cumplir la ley no lo hacen? La ley ofrece dos respuestas poco afortunadas: a) “las que establezca la legislación aplicable”(¿?) y b) crea dos tipos penales, tan complejos y difíciles de que un servidor encuadre dichos supuestos, que será poco menos que imposible aplicarlos en los hechos. Como es sabido, en países como México, la sanción; es decir, la reacción jurídica aplicada por el Estado a la conducta contraria a la establecida como debida constituye el punto de partida para generar condiciones para que la ley “vigente” sea “eficaz” o se cumpla. Sobra decir que el Reglamento no puede resolver esta desgraciada ausencia. De esta suerte, esta disposición legal será un catálogo de buenos deseos y modelo de buenas prácticas. Difícilmente podrá ser más que eso.

Tercero. En este mundo al revés que vive México, la falta de soluciones es mitigada con una ley o acto jurídico. Incluso, en el supuesto de que las leyes o diseño institucionales sean modélicos, el gran problema es la corrupción, la impunidad y el desdén por el orden jurídico empezando por la autoridad. Para abrir boca, el presidente Felipe Calderón no ha emitido al menos 16 reglamentos de Leyes vigentes con plazo previsto en sus artículos transitorios, que en todos los casos ha concluido (http://www.senado.gob.mx/img/doctos/REGLAMENTOS.pdf). Si el presidente es el primero en violar la ley, ¿qué podría esperarse de los secretarios de despacho que de él dependen y quienes son activos protagonistas en la festejada Ley?

Hay casos excepcionales, como la fiscal especial Laura Angelina Borbolla Moreno que ha llegado con muestras varias de voluntad política. Falta que a la urgente brevedad,  la PGR destine recursos no sólo los necesarios, sino los suficientes para que en ese terreno la Fiscal Borbolla – que llega con un amplio bono inicial de reconocimiento y a su interés real por enfrentar esa complejísima tarea – esté en condiciones de hacer algo, por el bien todos. Por otra parte, la solución verdadera no pasa por más leyes. Es imprescindible  la interiorización en cada una de las personas de lo que debe ser tolerado, exigido y denunciado. Se debe abonar a la identificación de la relación entre nosotros y los demás así como los aspectos básicos de preocupación común para que cada quien pueda estar en las condiciones mínimas posibles de realizar su propio proyecto vital. Para ello es también una exigencia verbalizar en todo momento estas pautas de comportamiento para convivir en paz gobernantes y gobernados. A favor o en contra, pero callados o indiferentes, jamás. De no transitar por este sendero de vida cívica, los resultados seguirán siendo los mismos de siempre: la seguridad sicológica temporal de activistas y periodistas, pero sin una razonable armonía con la observancia de la ley que todos queremos.

Evillanueva99@yahoo.com

Twitter: @evillanuevamx

Blog: www.ernestovillanueva.blogspot.com

 

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