Claroscuros de un Acuerdo

  • Autorregulación mediática en beneficio de las audiencias
  • El “Acuerdo para la Cobertura Informativa de la Violencia” entre Televisa y TV Azteca ocasionó un intenso debate sobre la autorregulación de los medios.
  • «Al procurar un análisis que trascienda la polarización y extraiga lo potencialmente rescatable de un documento de esta envergadura, advertimos cuatro breves líneas de reflexión: lo criticable, lo positivo, lo que falta, y lo riesgoso», dice Omar Raúl Martínez.

Fotografía: "TV Azteca" por Gary Denness @ Flickr

Por Omar  Raúl  Martínez

Frente a los nobles afanes que, en teoría, se propone la autorregulación ética de los medios de comunicación, la tarea de la academia y de la sociedad civil organizada, será determinante. Si a la luz pública numerosos directivos mediáticos han puesto de manifiesto su “convencimiento” sobre la necesidad autorregulatoria, valdría la pena que los investigadores,  las ONG e inclusive los mismos periodistas pusieran a prueba la aparente disposición e iniciativa de apuntalar criterios de responsabilidad y profesionalismo en beneficio de los públicos.

Cada vez con mayor frecuencia y fuerza un significativo sector de las audiencias de los medios masivos de comunicación empiezan a romper con ciertas inercias de pasividad, conformismo y acriticidad que las caracterizaron en el pasado.  Un caso en tal sentido lo significó el airado respaldo de numerosos radioescuchas a la comunicadora Carmen Aristegui ante la decisión de MVS Comunicaciones de retirarla temporalmente del cuadrante por su postura editorial. Como sabemos, por fortuna ello derivó en un acuerdo entre ambas partes cuyo fruto medular  fue  su apuesta por la autorregulación informativa a través de la difusión pública de un código de ética periodística y la promoción de la figura del defensor de la audiencia. (1)

El tema de la autorregulación periodística nuevamente salió a la palestra pública el pasado 24 de marzo con la firma –por parte de más de 700 medios de diversas procedencias, apoyado por instancias públicas y privadas, aunque encabezado por Televisa y TV Azteca– del “Acuerdo parala Cobertura Informativadela Violencia”. (2)

Pese a que la autorregulación mediática significa un camino que podría redituar frutos en beneficio de las audiencias, no pocos informadores y analistas la descalifican a priori. Algunos otros la observan como un probable instrumento de coerción o como la mejor vía para justificar la censura.  E incluso, uno de los argumentos más recurrentes para descalificarla es que tiende a pavimentar el camino a la autocensura. Ésta última, sin embargo,  entraña un acto previo a la difusión, en tanto que la autorregulación conlleva una acción posterior a la publicación informativa;  además, la censura propia es consecuencia de una decisión personal o mediática inducida por temor o interés económico o político, mientras que la autorregulación es o debiera ser producto de la voluntad responsable y razonada de un grupo de profesionales de la información. (3)

No puede negarse que hay actores políticos que sí  pretenden inducir a la autocensura y que ciertos gobernantes recurren a lo que ellos quieren entender por ética periodística para contrarrestar las críticas a sus funciones. Sin embargo, el propósito central de la autorregulación informativa es impulsar marcos éticos que promuevan una responsable difusión informativa, resuelvan conflictos dentro del ámbito periodístico, y realcen y dignifiquen la imagen del ejercicio profesional. (4)

 

Propósitos de la autorregulación

La idea de la autorregulación de los medios ha emergido en países desarrollados en los últimos cuatro lustros. De acuerdo con Ernesto Villanueva, se trata de:

Un sistema de reglas de conducta adoptado por los medios en relación con el Estado, la sociedad y la propia comunidad periodística, la cual se encuentra dotada de un órgano de ejecución y/o creación de normas sustantivas y procedimentales, y tiene como objetivos preservar las libertades informativas con responsabilidad social. (5)

En teoría, los fines de la autorregulación  son: proveer un espacio idóneo para la defensa de las libertades informativas; crear un recurso eficiente para que el ciudadano pueda contar con medios libres y responsables; ofrecer guías o directrices sobre lo que debe ser un tratamiento responsable de la información; establecer un foro que se manifieste por medidas tendientes a evitar la concentración mediática y, por tanto, la uniformidad informativa; proveer un espacio independiente para discutir el papel de los medios en la sociedad; definir sistemas de formación profesional del periodista y elaborar estudios sobre el quehacer de los medios; mostrar al público que los contenidos periodísticos pueden someterse al escrutinio público; y establecer un foro independiente en el cual se pueda mostrar cómo los medios actúan para satisfacer el interés público. (6)

En realidad, la autorregulación pretende ampliar los espacios de la libertad amparándose en el ejercicio responsable de los medios de comunicación. Contempla dos tipos de mecanismos para hacerla efectiva:

  1. Los documentos, entre los cuales destacan los códigos deontológicos, los estatutos de redacción y los manuales de estilo; y
  2. Los organismos, tales como el ombudsman de la audiencia o defensor del público, los consejos de prensa y los comités editoriales. (7)

Los códigos éticos constituyen, pues, el recurso autorregulatorio más visible y recurrente para intentar el mejoramiento periodístico. El que un código sirva o se aplique y se aproveche realmente, no depende únicamente de los periodistas. Un documento deontológico no sirve por el mero hecho de publicitarse con bombos y platillos. Su cumplimiento tampoco se garantiza con la buena disposición directiva del medio por darlo a conocer. Para que aspire a brindar resultados es indispensable que el público, los actores sociales, la gente, lo conozcan y aprovechen las vías para entablar el diálogo con quienes hacen los medios de comunicación. Es decir: el que se impulsen códigos de ética no significa que en automático se avance hacía una etapa superior en materia de responsabilidad social. Acaso supone el primer guiño colectivo por darle sentido, pues para que cobre vida necesita apoyarse en otros mecanismos autorregulatorios tales como el defensor de la audiencia o los consejos editoriales, por citar dos de los recientemente referidos aunque insuficientemente aprovechados en México. La ejecución autorregulatoria, por tanto, sólo  puede aterrizarse  mediante  recursos que posibiliten el análisis, la crítica, el dictamen y las propuestas de mejora en el mundo de la comunicación.

No puede dejarse de lado, sin embargo, que si bien la autorregulación ética significa una alternativa para promover medios más responsables y comprometidos con los intereses sociales, no puede sustituir en absoluto al derecho: sólo aporta vías complementarias que éste no puede encauzar.

 

Escenarios, avances, acuerdos y suspicacias

¿Cuál es la presencia y avance de la autorregulación ética en los medios mexicanos? Debido a inercias tan acendradas por costumbres políticas e intereses económicos,  la mayor parte de las empresas mediáticas se han mantenido al margen de este instrumento cuyo beneficiario principal debieran ser las audiencias.  Veamos datos: actualmente se contabilizan 730 canales de TV, 1488 emisoras de radio y alrededor de de 340 periódicos y unas 460 revistas; es decir, existen aproximadamente poco más de tres mil medios de comunicación… y sólo conocemos cerca de 35 códigos éticos en México. (8)

Si los códigos deontológicos son el primer indicio que habla de la voluntad mediática para fortalecer el sentido de responsabilidad social y el compromiso ético de cara a la gente, entonces este dato patentiza un grave rezago en nuestro país.

Por ello, frente a tal escenario, la iniciativa de hacer visible el código de ética periodística de MVS Comunicaciones y particularmente su disposición por crear la defensoría de la audiencia, en primera instancia es un mensaje alentador. Se trata de una propuesta oportuna e inteligente habida cuenta que constituye el primer medio electrónico con amplia penetración y de carácter privado que acepta llevar a la realidad la figura del ombudsman en México.9 En el fondo, un defensor o mediador de las audiencias supone la interlocución entre los responsables del medio y sus diversos receptores en un espíritu de construcción colectiva por el bien común, la defensa de los derechos humanos y la corresponsabilidad sociopolítica.

Esta incipiente propuesta autorregulatoria sólo podrá fructificar con el acercamiento y la crucial participación de las entidades académicas y los organismos civiles. Aunque existen suficientes razones para la suspicacia, lo mismo podríamos decir del “Acuerdo parala Cobertura Informativadela Violencia” suscrito el 24 de marzo pasado.

Sobre este último vale puntualizar lo siguiente: siempre es bienvenida la suma de voluntades mediáticas para proteger la libertad de expresión, el derecho a la información y la ética periodística. Sin embargo, por la forma en que se gestó y dio a conocer, así como por la naturaleza conocida de los dos principales promotores, en dicho Acuerdo pareciera asomarse un mero afán por homogeneizar las informaciones y, a la postre, ir inhibiendo la crítica hacia la estrategia gubernamental en su combate al narcotráfico. Esto se advierte particularmente en la ambigüedad de los puntos 1 (Tomar postura en contra), 2 (No convertirse en vocero involuntario de la delincuencia organizada) y 10 (No interferir en el combate a la delincuencia). (10)

El mensaje implícito pareciera ser el de querer ganar en los medios informativos lo que el gobierno federal está perdiendo a la luz pública. Nadie en su sano juicio podría discrepar de los otros siete puntos (contextualizar, no prejuzgar, cuidar a víctimas, alentar denuncias, proteger a periodistas, etcétera) cuya inclusión en cualquier código deontológico resultaría exigible, pero quedan relegados ante la aparente búsqueda de un posicionamiento uniformador.  Al final del Acuerdo hecho público, se informa que los medios firmantes crearán “un órgano ciudadano de observación que lleve reportes periódicos sobre el apego de los medios a los criterios editoriales plasmados”. En este renglón, la academia y los grupos civiles no pueden permanecer ajenos.

Al procurar un análisis que trascienda la polarización y extraiga lo potencialmente rescatable de un documento de esta envergadura, advertimos cuatro breves líneas de reflexión: 1) lo criticable, 2) lo positivo, 3) lo que falta, y 4) lo riesgoso.

 

1.    Lo criticable:

  • Llama la atención que hasta ahora, los dos principales promotores nunca se habían distinguido por ser artífices de la ética periodística y la responsabilidad social por anteponer su apetencia económica y  sus compromisos con el poder.
  • Resulta inadmisible el aprovechamiento abusivo de TV Azteca y Televisa de querer mostrarse  –dice con tino Raúl Trejo Delarbre–  como redentoras sociales.11
  • Si bien loable en gran parte de su contenido, el Acuerdo fue concebido y elaborado de manera vertical, es decir: es producto de la decisión exclusiva de los empresarios mediáticos, sin la participación de los reporteros.
  • Es notoria, como antes se dijo, la ambigüedad y contradicción de algunos de los puntos, así como de la manera de hacerlo operable y efectivo.

 

2.    Lo positivo:

  • Se trata de un documento que la sociedad civil y la academia podrían aprovechar, en principio, para exigir a los principales medios electrónicos e impresos el cumplimiento de elementales normas deontológicas en favor de las audiencias.
  • Se sumaron más de 700 medios, lo cual constituye algo histórico en si mismo y es meritorio frente a la dispersión en el terreno periodístico y las diferencias mediático-empresariales.
  • En aras de la buena fe, el Acuerdo puede mirarse como un punto de partida, no como un documento acabado, para que los medios de comunicación empiecen a trabajar públicamente, bajo el escrutinio y propuestas de la academia y la sociedad civil, en beneficio de los receptores.

 

3.    Lo que falta:

  • Definición pública de cada medio a partir de las líneas generales –y algunas ambiguas–  que significan el Acuerdo. Es decir: cada medio, por separado, necesita empezar a materializar procesos de autorregulación de cara a la gente.
  • Disposición real y efectiva de cada medio informativo, así como a nivel local, regional y nacional, para proteger y apoyar a los periodistas de a pie en su ejercicio profesional.
  • Como apoyo a sus propios lineamientos o códigos éticos, se precisa incentivar otros mecanismos autorregulatorios, tales como defensores de la audiencia, consejos editoriales consultivos o consejos de prensa.
  • La creación de un  auténtico órgano ciudadano, calificado y plural, encargado de velar por el cumplimiento del documento. Para ello sería indispensable establecer públicamente sus funciones y alcances.
  • Que los firmantes del Acuerdo, incluyendo las entidades académicas, públicas y privadas, convoquen a la participación plural de reporteros, investigadores y representantes de organismos civiles. No sólo para clarificar, aterrizar y depurar las aspiraciones deontológicas del Acuerdo, sino fundamentalmente para estimular la autorregulación ética en cada medio por separado.

 

4.    Lo riesgoso:

  • Que el Acuerdo sólo haya sido un momentáneo golpe mediático para el beneplácito del Poder Ejecutivo y quede cual simple ornamento para ganar publicidad y prestigio.
  • Que no se le dé seguimiento o se aplique a partir de las directrices de un órgano ciudadano hecho a la medida de las dos principales televisoras, de manera que pudiera constituirse en un consejo censor y no en un órgano auténticamente ciudadano.
  • Que los medios firmantes se limiten sólo a “seguir” en abstracto –sin lineamientos éticos propios, sin discusión y reflexión interna, sin algún otro recurso de autorregulación–  lo expresado en dicho Acuerdo.

 

De la teoría a los hechos

Frente a los nobles afanes que, en teoría, se propone la autorregulación ética de los medios de comunicación, la tarea de la academia y de la sociedad civil organizada, será determinante. De hecho, la autorregulación significaría un proceso inacabado e incluso estéril sin la colaboración tanto de los académicos como de las organizaciones civiles.  Si bien cuestionable el referido Acuerdo impulsado por el duopolio televisivo, lo cierto es que es la primera ocasión en la historia que se suman tantos medios con un propósito deontológico.

Dicho documento ha de mirarse como un punto de partida que abre la posibilidad de que  investigadores y activistas exijan, con el apoyo de más ciudadanos, el  cumplimiento de elementales pautas deontológicas que, desde luego, necesita detallar cada medio por separado.  Es decir, aun con sus evidentes imperfecciones, podemos aprovechar este documento como un referente de trabajo, depurable,  para ampliar el espectro ético-deontológico que prácticamente había permanecido ausente para el grueso de los medios mexicanos.

Ahora, por el momento, se hace más visible una asignatura de la agenda a favor de las audiencias.  Y es que éste es sólo un flanco: es apenas un primer escalón de la gran escalera pendiente. Porque –como dice Cristina López Mañero– en realidad  para que gane terreno fecundo,  la autorregulación mediática requiere condiciones muy específicas:

  1. pleno convencimiento de su necesidad por parte de empresas informativas, periodistas, sociedad y poderes públicos;
  2. un clima social que valore y estimule tal iniciativa;
  3. asunción voluntaria de mecanismos para el mejoramiento profesional;
  4. una convocatoria pública al mayor número de participantes;
  5. ambientes profesionales que posibiliten un libre ejercicio periodístico. (12)

En otras palabras: si a la luz pública numerosos medios de comunicación han puesto de manifiesto su “convencimiento” sobre la necesidad autorregulatoria, que es el primer escalón,  con mucha cautela podríamos tomarles la palabra a fin de exigirles por separado su disposición para llevar a la realidad, al terreno de los hechos, esos afanes éticos.   Vale la pena que la academia, las ONG e inclusive los mismos periodistas de cada empresa informativa, pongan a prueba la aparente disposición e iniciativa de apuntalar criterios de responsabilidad y profesionalismo en beneficio de los públicos.

 

Notas

1) Véanse: “Lecciones del caso Aristegui”, Revista Mexicana de Comunicación Núm. 125, febrero-marzo de 2011. pág. 7; revista Zócalo Núm 133, marzo de 2011, págs. 8-28.

2) “Pactan 715 medios la cobertura de violencia”, en Milenio Diario, 24 de marzo de 2011. págs. 4 y 5; y “Medios se unen contra la violencia”, en Excelsior, 24 de marzo de 2011. págs. 16 y 17. Los criterios editoriales del citado “Acuerdo para la Cobertura Informativa de la Violencia” son los siguientes: 1) Tomar postura en contra; 2) No convertirse en vocero involuntario de la delincuencia organizada;  3) Dimensionar adecuadamente la información; 4) Atribuir responsabilidades explícitamente; 5) No prejuzgar culpables; 6) Cuidar a las víctimas y a los menores de edad; 7) Alentar la participación y la denuncia ciudadana; 8) Proteger a los periodistas; 9) Solidarizarse ante cualquier amenaza o acción contra reporteros y medios, y 10) No interferir en el combate a la delincuencia. El texto completo  del citado Acuerdo puede ser consultado en la siguiente dirección electrónica:  http://www.mexicodeacuerdo.org/

3) Ver: Villanueva, Ernesto, Autorregulación de la prensa: una aproximación ético-jurídica a la experiencia comparada,  Universidad Iberoamericana y Miguel Ángel Porrúa Grupo Editorial, México DF, 2002; Martínez Omar Raúl,  y Semillas de periodismo. Ética, información y democracia, Universidad Autónoma de Nuevo León, Artículo XIX y Fundación Manuel Buendía, México DF, 2010.

4) Ibidem.

5) Villanueva, Op. Cit.

6) Ibidem.

7) Véase López Mañero, Cristina, “Los mecanismos de autorregulación en los medios de comunicación españoles”, en Aznar Hugo y Villanueva Ernesto  (Coordinadores), Deontología y autorregulación informativa. Ensayos desde una perspectiva comparada, Edit. Universidad Iberoamericana / UNESCO / Fundación Manuel Buendía, México DF, 2002.

8) Véase Martínez, Omar Raúl, Códigos de ética periodística en México, Benemérita Universidad Autónoma de Puebla / Fundalex / Fundación Manuel Buendía, México DF, 2009.

9) Los medios de comunicación electrónicos que cuentan con Defensor de la audiencia en México son Canal 22, Radio Educación, Instituto Mexicano dela Radioy Radio Universidad de Guadalajara.  Canal Once contempla dicha figura en sus código de autorregulación, sin embargo a la fecha no ha nombrado a ningún responsable.

10) Sobre la ambigüedad de algunos puntos, conviene rescatar lo escrito por Fernando Mejía Barquera y Miguel Ángel Granados Chapa. El primero sostiene: “En el numeral 2, que llama a ‘no convertirse en vocero involuntario de la delincuencia´, se pide ‘evitar el lenguaje y la terminología empleados por los delincuentes´. ¿Cuáles son ese lenguaje y esa terminología? ¿De ahora en adelante no deberán aparecer notas con los términos ‘bajar´, ‘levantar´, ‘pozolear´, ‘halcones´´?”. Mejía Barquera Fernando,  “Acuerdo contra la violencia”, Milenio Diario,  31 de marzo, 2011. Por su parte, Miguel Ángel Granados Chapa asevera que los dos primeros puntos son ambiguos e incluso ridículos: “El inicial ordena ‘tomar postura en contra´. Instruye a (porque usa el verbo debemos) ´condenar y rechazar la violencia motivada por la delincuencia organizada´, algo por completo innecesario, pues está ´en la naturaleza de las cosas´, como se diría en el lenguaje de los autores del decálogo. El segundo es francamente chistoso. Cualquier medio debe evitar ´convertirse en vocero involuntario de la delincuencia organizada´: ¿Cómo evitar un acto involuntario, puesto que es eso precisamente, algo que se comete sin querer hacerlo? En realidad, lo que ese precepto pide a los medios es un sesgo deliberado que altere el sentido de la información. Ordena ‘omitir y desechar la información que provenga de las organizaciones delictivas´.” Granados Chapa, Miguel Ángel “La República de Televisa”, Proceso, Núm. 1795, 27 de marzo de 2011. págs. 26-28.

11) Trejo Delarbre, Raúl,  “Acuerdo pertinente, utilización indeseable”,  periódico electrónico Eje Central, www.ejecentral.com, 25 de marzo de 2011.

12) López Mañero Cristina, Op. Cit.

 

Bibliografía

Aznar, Hugo y Villanueva, Ernesto (Coordinadores), Deontología y autorregulación informativa. Ensayos desde una perspectiva comparada, Edit. Universidad Iberoamericana / UNESCO / Fundación Manuel Buendía, México DF, 2002. 258 pp.

Aznar, Hugo, Ética y periodismo. Códigos, estatutos y otros documentos de autorregulación,  Paidós, Argentina, Buenos Aires, 1999. 350 pp.

Martínez, Omar Raúl, Códigos de ética periodística en México, Benemérita Universidad Autónoma de Puebla / Fundalex / Fundación Manuel Buendía, México DF, 2009.

———, Semillas de periodismo. Ética, información y democracia, Universidad Autónoma de Nuevo León, Artículo XIX y Fundación Manuel Buendía, México DF, 2010. 197 pp.

Trejo Delarbre, Raúl, Volver a los medios. De la crítica a la ética, Ediciones Cal y Arena, México, DF, 1997. 389 pp.

Villanueva, Ernesto, Autorregulación de la prensa: una aproximación ético-jurídica a la experiencia comparada, Universidad Iberoamericana y Miguel Ángel Porrúa Grupo Editorial, México DF, 2002. 301 pp.

———, (Coord.), Autorregulación periodística y defensoría del lector, Fundación parala Libertad de Expresión, México DF, 2008. p. 39.

 

Presidente de la Fundación ManuelBuendía y director de la Revista Mexicana de Comunicación. Profesor e investigador del Departamento de Ciencias dela Comunicación dela Universidad Autónoma Metropolitana Cuajimalpa.

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