Calderón, gobierno por discurso

  • El presidente Felipe Calderón giró indicaciones sobre transparencia y acceso a la información a través de un discurso.
  • Lo dicho no tiene validez oficial al estar al margen de los mecanismos constitucionales.
  • «Eso se llama simulación, demagogia para engañar a la gente con discursos que dicen exactamente lo contrario de lo que lleva a cabo. Al menos, habría que decir, que Calderón ha sido congruente consigo mismo», asegura Villanueva.

Fotografía: "Felipe Calderón" por World Economic Forum @ Flickr

Por Ernesto Villanueva

En días pasados, a propósito de la Semana de Transparencia que organiza el IFAI, el presidente Felipe Calderón perdió los últimos reductos que debiese observar por su investidura presidencial; es decir, su comportamiento público no debe ser otro que el de ajustar su conducta a lo previsto por la Constitución y las leyes. El 7 de septiembre pasado, sin embargo, Calderón de plano puso de relieve su desprecio por el Estado de derecho, la transparencia y la rendición de cuentas. Veamos por qué.

Primero. Con motivo de su intervención al inaugurar la Semana de Transparencia, Calderón no sólo dijo lo que quiso escuchar su auditorio, como es habitual en la mayor parte de los políticos. Lo más grave de esta práctica inadecuada, es que, de plano, Calderón no tuvo empacho en emitir órdenes verbales, como si México fuese un país donde se gobierna no por la ley, o por decreto, sino ahora ¡por discurso!. En efecto, en esa oportunidad afirmó:

“He visto que hay, todavía, en fin, muchas decisiones que se toman y que se aplican, o se invocan casos de reserva. Otras, incluso, que se litigan con el Instituto. Yo les quiero pedir una cosa: Que no establezcan ni casos de reserva y menos litigios, a menos que verdaderamente haya un caso que lo justifique. En cuyo caso le voy a pedir al Secretario de la Función Pública que sea la dependencia que autorice, finalmente, si una dependencia hace reservas o litigios. Así que, en otras palabras, les instruyo a todos los servidores públicos encargados de la transparencia que no apliquen reservas mecánicamente en los asuntos que dictaminen. Y que si van a litigar tienen que pedir una autorización expresa de las áreas de Función Pública o de Consejería, ya veremos, para no detener este proceso de información y transparencia.”

Todas estas palabras tienen la fuerza legal de un buen deseo. No tienen validez jurídica alguna por la sencilla razón de que esas expresiones no fueron vertidas conforme a lo dispuesto por el orden normativo vigente. Por fortuna para los mexicanos, el gobierno por discurso sólo es exigible en el cerebro de Calderón, pero es muy lamentable que se aproveche de la ignorancia del pueblo para hacer creer lo contrario a lo que su desarrollo personal acredita.

Segundo. El presidente de la República sólo puede hacer lo que expresamente le confiere la Constitución, en particular, pero no únicamente, el artículo 89 y las leyes reglamentarias correspondientes. En el citado artículo 89 constitucional el Presidente tiene dos facultades reconocidas por la doctrina como reglamentarias:

  1. La expedición de reglamentos heterónomos; es decir, aquellos que desarrollan en detalle sin alterar ni modificar el sentido de la una ley expedida por el Congreso de la Unión y
  2. La expedición de reglamentos autónomos; que son aquellos conjuntos de normas jurídicas que desarrollan conductas sin que medie previamente la aprobación de una Ley en sentido formal.

Si en verdad no hubiese sido una tomadura de pelo lo que hizo Calderón, el presidente debió hacer al menos dos cosas:

  1. Enviar en ese día un proyecto de iniciativa de ley con reformas a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal , a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y al Código Penal Federal que sistemáticamente reformara el estado de la transparencia en México para dotarle de nuevas atribuciones al IFAI, limitara la actuación de los servidores públicos y restringiera los casos de clasificación informativa, y
  2. Debió haber aprovechado esa misma fecha para predicar con el ejemplo, ordenando por escrito con las formalidades que la ley exige y publicar en el Diario Oficial de la Federación un Decreto que estableciera de manera detallada en qué casos sí y en qué casos no las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal pueden recurrir las resoluciones del IFAI, en qué casos sólo se podrán aplicar las causales de reserva de manera limitativa y, por supuesto, las sanciones a quienes observen una conducta contraria a la establecida como debida por la norma.

No hizo ni lo primero ni lo segundo. Eso se llama simulación, demagogia para engañar a la gente con discursos que dicen exactamente lo contrario de lo que lleva a cabo. Al menos, habría que decir, que Calderón ha sido congruente consigo mismo.

Tercero. En el proceso de aprobación de la Ley Federal de Transparencia, Calderón era coordinador de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional en la Cámara de Diputados. Fue, me consta, uno de los más reacios y fuertes enemigos a que una ley de esta naturaleza se aprobara. Para bien del país, no tomaba las decisiones del país y se vio obligado a obedecer los acuerdos con Santiago Creel y Eduardo Romero quienes eran los más entusiastas en verdad con este tema dentro del gobierno foxista. Un video preparado hace tiempo por el Canal del Congreso de la Unión sobre la historia de la ley recupera una imagen de un Calderón enojado frente a un Jorge Islas, feliz, junto con los diputados del PRI y del PRD, al anunciar los acuerdos para aprobar la Ley citada. Calderón fue y seguirá siendo opaco mientras no se vea obligado a hacer lo contrario.

Ahora con esta gracejada presidencial del 7 de septiembre ¿Se imagina a usted a un particular a quien se le ha reservado información, armado de una copia del discurso de Calderón para presentarlo ante la autoridad jurisdiccional competente para hacer valer sus agravios? Evidentemente que será inadmisible por ser un elemento sin ningún valor dentro de un proceso jurisdiccional.

Evillanueva99@yahoo.com
Twitter: @evillanuevamx
Ernestovillanueva.blogspot.com

2 comentarios a este texto
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