¿Por qué Canal 11?

periodistasenlinea.org, 28 de julio de 2010


Ernesto Villanueva
Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

El fortalecimiento del Canal 11 de Televisión anunciado por el gobierno de Felipe Calderón en días pasados no es una apuesta por un medio público, o una iniciativa de orden democrático, ni nada parecido. Es más de lo mismo, pero agravado. Veamos por qué.

Primero. El Canal 11 tiene una naturaleza jurídica bizarra porque es un organismo descentralizado de uno que es desconcentrado, el Instituto Politécnico Nacional. Es como decir que se trata de un joven adulto que depende de un bebé de brazos que, como sabemos, no tiene independencia y requiere de sus padres o tutores para poder vivir. Este conspicuo modelo legal fue creado para que la influencia de la comunidad politécnica fuera sólo testimonial en su toma de decisiones, dando la apariencia de un medio con un toque educativo y cultural, pero sólo eso. El director del canal 11 no es nombrado ni removido por el titular del IPN, sino del Secretario de Educación Pública y de facto del Presidente de la República. El Canal 22 es un organismo descentralizado con sólidos lazos con la comunidad cultural y comités internos de participación ciudadana, que encarecería los costos para su utilización como medio de propaganda del gobierno federal. El Instituto Mexicano de la Radio vive un proceso de transición con un organismo colegiado para opinar sobre la programación. Nada de esto existe en el canal 11. En su momento Julio Di Bella y Fidela Navarro crearon el sistema de autorregulación más completo que se tenga memoria en México, pero nunca se cumplió y todo se vino abajo a su salida del canal. Por ello, el hecho de ser una televisora y la ausencia de cualquier contrapeso interno genera el primer polo de atracción para un propósito de orden político. Peor todavía, el canal 11 incumple sus obligaciones de transparencia legales al tener en su sitio web los datos del IPN, no los suyos.

Segundo. El canal 22 durante este año integró prácticamente a todo su personal al régimen constitucional y legal en materia laboral. El Instituto Mexicano de la Radio mantiene un sistema de plazas federales con un complemento de personal con pago de honorarios. El Canal 11, por el contrario, ha dado vida a un esquema de contrataciones al margen de la Constitución y la ley. En efecto, no hay una sola persona que ahí labore que disponga los mínimos de seguridad social que marca la ley, menos aún antigüedad ni seguros médicos, cesantía o vejez. Para todos los efectos hay mayor seguridad laboral en una maquiladora de Ciudad Juárez que en el canal 11. ¿Por qué no han actuado ni la Secretaría del Trabajo, la Secretaría de la Función Pública, el PRI o el PRD a través de sus legisladores para fincar responsabilidades al director del Canal 11 quien tiene como primera obligación cumplir la ley? ¿Cómo justificar que la comunidad que labora en el 11 esté excluida de los derechos laborales que gozan todas las personas y que jamás gozará de jubilación alguna? ¿Cómo puede exigir la Secretaría del Trabajo a las empresas privadas que cumplan la ley si el gobierno federal no empieza por cumplirla y hacerla cumplir? Lo cierto es que esta incertidumbre laboral se convierte en una fortaleza para desarrollar un proyecto político por la falta de un espíritu de cuerpo interno que defienda una identidad que no tiene.

Tercero. El Organismo Promotor de Medios Audiovisuales (OPMA) de la Secretaría de Gobernación está creado como el cajón de sastre del gobierno de Calderón para la promoción política de su persona y de su gobierno. Lo mismo crea contenidos programáticos que administra frecuencias de radio y televisión rápidamente obtenidas para ser aprovechadas por el medio que se antoje más dúctil a la estrategia de propaganda que se está desplegando con el canal 11 que no es titular de nuevas frecuencias, sino de «préstamos» temporales para cumplir el propósito. El oscuro proceso de creación de la OPMA y su naturaleza legal no se compadecen con ningún proceso mínimamente democrático; antes bien, reproducen las mejores artes de la simulación mezclando una amplia dosis de mentiras con un toque de verdad que es la visión calderonista de un medio público o de Estado, donde sólo la palabra presidencial basta como argumento de autoridad, sin estar sujeto a los requisitos de comprobación y sustentación de sus dichos.

Cuarto. El único medio que en los hechos tiene una factura equiparada a un medio público es Radio Educación en virtud de que, de entrada, sus trabajadores y directivos gozan de las prestaciones constitucionales y legales en el ámbito laboral, posee un comité técnico como órgano colegiado de definición y evaluación programática, que hace las veces de custodio de su identidad pública, tiene instrumentos de autorregulación y cuenta con personal de larga carrera que tiene como común denominador su compromiso por la pluralidad y la diversidad con una lógica de crítica propositiva. Estos factores han creado un espíritu de cuerpo y una sinergia con su audiencia que no es común observar, sobre todo que se ha dado a pesar de su marco legal. Esta iniciativa debería ser reproducida y traducida en la ley. Por el contrario, es objeto de un lento, pero efectivo proceso de aislamiento. El director de Radio Educación es esforzado funcionario, pero lo rebasa la estrategia de contención del gobierno federal. La señal de AM en el 1060 tiene problemas de recepción, el portal web es lamentable y no tiene información básica y la solicitud de una frecuencia de FM sigue un tortuoso camino que no sufrió la OPMA para el Canal 11. Todo es legal y técnicamente solucionable, pero el propósito claro no es resolver, sino explicar el por qué no se puede hacer lo que se debe. Para los fines de ventaja política todo el presupuesto y la voluntad, para aquellos otros que sólo sirven al interés público, solamente palabras.

El siguiente es un ejemplo de cómo debe de citar este artículo:

Villanueva, Ernesto, «¿Por qué Canal 11?», en
Revista Mexicana de Comunicación on line. México, julio 2010.
Disponible en: http://www.mexicanadecomunicacion.com.mx/rmc_villanuevacanal11.html
Fecha de consulta: 28 de julio de 2010

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